En diciembre del 2016, se emitió el Decreto Legislativo N°1314, el cual facultó a la SUNAT de poder tercerizar el proceso de verificación o validación de los comprobantes de pago electrónico a cargo de algún OSE (Operador de Servicios Electrónicos). De esta forma, los principales contribuyentes nacionales de la intendencia Lima, de las intendencias regionales u oficinas zonales, y cuyos ingresos anuales sean iguales o mayor a 300UIT, no solo estarían obligados a emitir en la SEE-OSE, para ello debían contratar los servicios de un OSE de manera obligatoria para la validación de los comprobantes de pagos.
El procedimiento comienza después de que el emisor realiza una venta: el genera, firma y envía el comprobante a la OSE que contrato. Por un lado, la OSE realiza la comprobación informática y devuelve el comprobante de pago electrónico con la constancia de recepción para que el emisor pueda enviar el comprobante de pago electrónico a su cliente. Por otro lado, la OSE envía la información de los comprobantes de pago electrónico con constancia a la SUNAT para que lo conserve y custodie.
A la fecha existen 10 OSE autorizados: PAPERLESS S.A.C., EFACT S.A.C., TCI S.A., ESCONTECH DEL PERU S.A.C., THE FACTORY HKA PERU S.A.C., DIGIFLOW S.A., BIZLINKS S.A.C, ACEPTA PERU S.A.C., SOCIEDAD DE EXPLOTACIÓN DE REDES ELECTRÓNICAS Y SERVICIOS DEL PERÚ S.A.C. y TELEFONICA DEL PERÚ S.A.A. Fuente: Sunat. (2019). Padrón de Operador de Servicios Electrónicos. Recuperado de: www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/ose/ose-281217.pdf
Prorrogan plazo para obligatoriedad de contratación OSE
Hasta el momento, se han dado dos postergaciones de la obligación: la primera obligaba a empezar en agosto del 2018, luego fue postergado a marzo del 2019 y ahora será para Julio del 2019, mediante Resolución de Superintendencia N° 044-2019/SUNAT la Sunat postergó una vez más la adecuación a los emisores electrónicos para la emisión obligatoria a través del SEE – OSE y/o el SEE – SOL. Así, los principales contribuyentes podrán continuar usando las operaciones en línea de la Sunat hasta el 01 de Julio de este año. Después de esta fecha será obligatorio la contratación de la OSE.
Demanda que califica de inconstitucional el obligar a contratar OSE
El plan de la SUNAT es poder implementar de manera progresiva a distintos grupos de empresas. Ahora bien, la obligación esta siendo cuestionada por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú (JDCCP) que presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad en contra del Decreto Legislativo N° 1314. Jorge de Velasco, representante de la JDCCP, mencionó que la obligación de contar una OSE vulnera diversos derechos constitucionales: la reserva tributaria de las empresas y el derecho a la intimidad de las personas. En la primera, se puede filtrar información privilegiada a la competencia y en la segunda, un tercero manejaría la información referida a montos, frecuencia, tipo de gastos, etc. y hacer mal uso. Fuente: Reyes J.C. (27 de febrero de 2019). Gestión.